CONVERSATORIO: NUEVA CONSTITUCIÓN Y DISIDENCIAS SEXO GENÉRICAS

El Conversatorio ¿Para que nunca más en Chile?: Prevención y reparación de las violencias hacia las diversidades y disidencias en la Nueva Constitución, se desarrolló el día jueves 07 de julio, contó con la participación de los ex constituyentes Marcos Barraza del distrito Nº13 y Tomás Laibe representante del Distrito 27.

Rescatamos algunas de las reflexiones del Conversatorio, en primer lugar se destaca el avance cultural de que el proyecto de redactar una carta magna democrática para nuestro país, hubiese sido paritaria, con perspectiva de género y enfocada en derechos humanos, se  reconoce que fue un desafío para las y los convencionales electos. En este sentido, la propuesta nueva Constitución en materia de género y disidencias contiene 6 artículos que aluden explícitamente a las disidencias sexuales y de género.

La propuesta de Nueva Constitución, a través de distintos artículos, garantiza la protección hacia las disidencias sexogenéricas.  Entre otros principios y derechos, se establece el principio de Igualdad Sustantiva. Este consiste en que se “asegura a todas las personas la igualdad sustantiva, en tanto garantía de igualdad de trato y oportunidades para el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.

Más adelante, se especifica que la constitución garantiza “el mismo trato y condiciones para las mujeres, niñas y diversidades y disidencias sexogenéricas ante todos los órganos estatales y espacios de organización de la sociedad civil”.

También, está el Derecho a una vida libre de violencia de género. Este derecho especifica que se “garantiza y promueve el derecho de las mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexogenéricas a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones”. En ese sentido, el Estado es responsable de sancionar e investigar esta violencia, además de reparar a sus víctimas y erradicar los patrones socioculturales que la permiten.

Finalmente, se reconoce Derecho a la igualdad y no discriminación. Ella “asegura el derecho a la protección contra toda forma de discriminación” en diversas causas, entre las cuales menciona a la “orientación sexual o afectiva, identidad y expresión de género”. El Estado tendrá que ocuparse de corregir el sometimiento a determinados grupos excluidos.

Estos ejes contemplan, en primer lugar, la legitimidad del trabajo que se ha hecho en esta redacción, y cuáles son las expectativas en las propuestas. En segundo lugar, que estos artículos tendrían fuertes consecuencias, sobre todo lo que respecta a las fuerzas armadas, el derecho a los cuidados, la igualdad sustancial, los derechos sexuales y reproductivos, entre otros que, según las expertas, podrían cambiar la vida de las mujeres y disidencias sexuales del país para siempre.

Durante este proceso muchos sectores contrarios al cambio social, han intentado desacreditar el trabajo de las y los convencionales con rumores, Fake News, publicidad engañosa, sensacionalismo y escándalos provocados por aseveraciones infundadas o de ataques personales.

Se puntualiza que en este afán de nuestra normativa anterior, de pensar los derechos desde un exclusivo punto de vista masculino, “se había invisibilizado muchos temas. Por ejemplo, la salud de las mujeres, la educación, los derechos sexuales y reproductivos, el derecho a los cuidados, entre otros”. Entonces, lo importante es que ahora no solo son visibilizados, sino a la vez, van a ser interpretados “reconociendo las particularidades que tenemos por ser personas distintas”.

Con esta actividad se da inicio a las acciones que desarrollará ACCIONGAY para sumarse a la campaña por el Apruebo a una nueva constitución para Chile.

Comunicaciones ACCIONGAY