En el contexto de la conmemoración en recuerdo a las personas fallecidas a causa del SIDA (Candlelight), esta mañana se presentó el Proyecto de Ley de Reforma a la Ley 19.779 (Ley del SIDA) y el Proyecto de Resolución que pide al presidente de la República adoptar medidas en torno a la situación actual de la pandemia en el país.
Esta iniciativa legal es producto de la invitación que hiciera la Diputada Emilia Schneider (CS) a las organizaciones sociales con trabajo en VIH/SIDA y que después de seis meses de trabajo participativo, de mucha discusión y deliberación, se logró un acuerdo amplio que incluye aspectos de mejora de la Ley 19.779 y que de ser aprobados serán de gran ayuda para mejorar el acceso a la prevención del VIH de toda la población y una mejora sustantiva en la atención a las personas viviendo con VIH y poblaciones especialmente vulnerables a la epidemia, en particular los hombres homobisexuales, hombres que tienen sexo con otros hombres (HSH) y personas trans, entre otras.
El proyecto fue presentado por la Diputada Emilia Schneider (CS) y contará con las firmas de las diputadas y diputados Claudia Mix (Comunes), Consuelo Veloso (RD), Danisa Astudillo (PS), Karol Cariola (PC), Tomás Lagomarsino (Ind-PRad), Helia Molina (PPD), Erika Olivera (Ind-RN) y Rubén Oyarzo (PdG).
Respecto del Proyecto de Ley, los puntos más relevantes son los siguientes:
Reconocimiento legal de la profilaxis pre-exposición y post-exposición (PrEP y PEP) como medidas eficaces en la prevención de la pandemia, incorporándola dentro de los aspectos sobre los que el Estado debe informar y educar a la población. (inserciones al art. 3, inc. 1 y art. 4, inc. 1º)
Consagración del derecho de organizaciones de personas viviendo con VIH, o con trabajo en torno a VIH, educación sexual o con poblaciones clave para la prevención del VIH, así como también las sociedades científicas y sindicatos u organizaciones de trabajadores de la salud; a participar en toda instancia de diseño, monitoreo o evaluación de las políticas públicas en torno a VIH (art. 2º, inc. final nuevo).
Se exige a los productores de autotest de VIH que se comercialicen en el país, a destinar el 50% de sus envases a información sobre el carácter crónico y no mortal del VIH, sobre la gratuidad del tratamiento, entre otras (art. 13º nuevo).
Consagración legal de la prohibición de discriminación por serofobia en la compra o suscripción de cualquier servicio o producto, incluyendo seguros de salud y de vida; así como también al ingreso de extranjeros al territorio nacional. Respecto de estos últimos, se indica que el MINSAL propenderá a coordinarse con el Servicio Nacional de Migraciones para reducir las barreras de acceso al examen de detección del virus (arts. 7 bis, ter y quáter nuevos).
Se aumentan las multas por infracciones a la ley, y se crea una reparación económica a beneficio de la persona afectada, como en los casos de vulneración de confidencialidad (inserción al art. 9º).
Reconocimiento del 23 de junio como el Día Nacional del VIH/SIDA, según lo recomendado por la Comisión Investigadora del año 2019. (art. 1º, inc. final nuevo).
Se incorpora que el Ministerio de Salud ha de propender a coordinarse con el Ministerio de Educación, de Desarrollo Social y la Familia, y de Hacienda, en relación a políticas públicas en torno a VIH (inserción al art. 2º, inc. 1º).
Se incorpora al personal de las Fuerzas Armadas dentro del ámbito de prohibición de discriminación en la selección laboral (modificación art. 5º, inc. 2º y derogación de inc. 2º del art. 7º).
Actualización del lenguaje utilizado en la ley en el contexto de su aprobación, para adecuarlo a las recomendaciones internacionales en la materia.
Comunicaciones ACCIONGAY